Requisitos de las deducciones autorizadas

De acuerdo con el Art. 27 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, todas nuestras deducciones autorizadas (gastos) deben estar amparadas por un comprobante fiscal CFDI para que sean efectivamente consideradas como tales.

Es fundamental que los gastos que realices para tu negocio o actividad profesional cumplan con esta formalidad, especialmente en conceptos como:

  • La nómina.
  • IMSS.
  • Impuesto sobre Nómina (ISN).
  • Predial.
  • Luz.
  • Agua.
  • Internet.
  • Teléfono.
  • Y todos los demás gastos que sean estrictamente indispensables para tu actividad.

De acuerdo con el Art. 27 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, todas nuestras deducciones autorizadas (gastos) deben estar amparadas por un comprobante fiscal CFDI para que sean efectivamente consideradas como tales.

Es fundamental que los gastos que realices para tu negocio o actividad profesional cumplan con esta formalidad, especialmente en conceptos como:

  • La nómina.
  • IMSS.
  • Impuesto sobre Nómina (ISN).
  • Predial.
  • Luz.
  • Agua.
  • Internet.
  • Teléfono.
  • Y todos los demás gastos que sean estrictamente indispensables para tu actividad.

Otros requisitos indispensables para deducir

Además de contar con el CFDI, existen otros requisitos que debes observar para evitar que el SAT rechace tus deducciones:

  • Medios de pago: Los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 deben ser efectuados mediante transferencia electrónica, cheque nominativo, tarjeta de crédito, de débito, de servicios, o los denominados monederos electrónicos.
  • Gasolina y combustibles: Tratándose de la adquisición de combustibles para vehículos, el pago deberá realizarse siempre a través de los medios electrónicos señalados anteriormente (transferencia, tarjeta, etc.), aun cuando el monto no exceda de $2,000.00. Pagar el combustible en efectivo lo convierte automáticamente en un gasto no deducible.

En INCADE te ayudamos a revisar que tus procesos de gasto cumplan con toda la normativa vigente para proteger tu flujo de efectivo y evitar contingencias fiscales.

Correo: contacto@incade.com.mx Teléfono: 55 5572 2404 INCADE: Conocimiento que genera valor.

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